Benín/Reforma estructural del sector de la descentralización: el Consejo de Vigilancia del Municipio de Cotonú instalado
El Consejo de Vigilancia de la Municipalidad de Cotonou fue instalado este lunes 12 de septiembre de 2022 en la sala de conferencias del Ayuntamiento, por el Prefecto del Litoral Alain Sourou OROUNLA.
Este nuevo organismo, de importancia capital en el funcionamiento de los servicios municipales, fue creado por la reforma estructural del sector de la descentralización. Asegura la coordinación entre el consejo municipal y el ejecutivo del municipio.
Así, según las disposiciones de la ley n°2021-14 del 20 de diciembre de 2021 sobre el Código de Administración Territorial en la República de Benín, el Consejo de Vigilancia está compuesto por el Alcalde, sus suplentes y los presidentes de las cuatro comisiones permanentes.
Es con el fin de cumplir con las disposiciones de los artículos 94 y siguientes de esta ley que la autoridad de control, el prefecto Alain Orounla, procedió a la instalación de los ocho (8) miembros de este importante aparato de decisión de la comuna.
Así, la composición del Consejo de Vigilancia del municipio de Cotonú es la siguiente:
Presidente: Alcalde Luc Sètondji ATROKPO
Miembros :
- Primer Teniente de Alcalde: Randyx R. Romain AHOUANDJINOU,
- Segundo Teniente de Alcalde: Gatien Sèdami ADJAGBONI;
- Tercera teniente de alcalde: Françoise Irène BEHANZIN;
- Presidente de la Comisión de Asuntos Económicos y Financieros: AGBEDJEKOU Romulus;
- Presidente de la Comisión de Propiedad y Medio Ambiente: ATCHAWE Philippe,
- Presidente de la Comisión de Asuntos Sociales, Culturales y Deportivos: SEHOUHOUE Paul,
- Presidente de la Comisión de Cooperación y Relaciones con las Instituciones: OTCHO Epiphane.
Tras hacer pública la lista de miembros de este nuevo órgano político, que fue aprobada por aclamación, el Prefecto les felicitó antes de enviarlos de nuevo al ejercicio de sus misiones.
Cabe recordar que este órgano, que es posterior al consejo municipal, se encarga, entre otras cosas, de aprobar el presupuesto del municipio, así como el Plan de Trabajo Anual (PTA); de garantizar el control de la gestión del Secretario Ejecutivo; de autorizar los convenios de importancia, de aprobar el organigrama del municipio, etc.
Según el artículo 97, el consejo se reúne al menos una vez al mes cuando lo convoca el alcalde. Si es necesario, celebra reuniones extraordinarias.
La ceremonia, que se desarrolló en un ambiente amistoso y fraternal, finalizó con la firma del acta de investidura y la realización de fotos de familia.
Fuente: lemondelocal.com